
Por Martha Mayela Sierra Cerda
Ubi Jus, Ibi Societas, donde hay derecho, hay sociedad. Esta frase más allá del significado que tenga, le da sentido a mi profesión y la de (según yo) todas las personas que de alguna manera ejercemos el derecho. Y no es otra cosa que el reconocimiento a la regulación del comportamiento humano cuando actúa en sociedad.
Inicio mi escrito con esa frase porque lo que quiero platicar es la relación que tiene el derecho con el arte, la cultura, la gestión, administración y otros tantos actos que rodean la cultura. Por eso daré un par de conceptos relevantes, porque estas definiciones siguen envueltas en debates y posturas.
El primer concepto es el Derecho: según el diccionario panhispánico del español jurídico (RAE 2021), derecho puede ser entendido como un conjunto de principios, normas, costumbres y concesiones jurisprudenciales y de la comunidad jurídica, de los que derivan las reglas de ordenación de la sociedad y de los poderes públicos, así como los derechos de los individuos y sus relaciones con aquellos.

El segundo es, la Cultura, definida por la Real Academia de la Lengua Española como el conjunto de modos de vida y costumbres, conocimientos y grado de desarrollo artístico, científico, industrial en una época, grupo social, etcétera.
A grandes rasgos una definición de Gestión cultural, tomando en cuenta que es un concepto mucho más joven me arriesgaré a dejar lo que yo entiendo por tal, es la herramienta que entrelaza el área creativa, desarrollo, emprendimiento y administración de los proyectos culturales y creativos de las organizaciones públicas y privadas, así como entes independientes individuales o comunitarios.
Este punto es el que abre el paso para platicarles desde mi experiencia, esa relación que existe entre el derecho y la cultura, en todas sus formas de expresión antiguas, actuales o futuras. En estos últimos años con la creación de la carrera profesional de gestión cultural, se abrazan estos conceptos al darle una formalidad y en el camino regular o insistir en que se cumplan y se establezcan normas claras para beneficio de todas las personas que interactúan en el ámbito cultural.
Como lo dije en el inicio, el derecho está en cualquier lugar, espacio o momento donde exista sociedad, y la cultura y el arte no son la excepción. De tal manera que soy insistente con los y las agentes artísticas que me rodean al hablar de nuestro deber como puentes culturales de normalizar las costumbres y plasmarlas en contratos, convenios, registros, o cualquier otro documento jurídico, que no son más que herramientas para dar certeza de las voluntades de las personas involucradas.
Las consecuencias de la legalidad cuando son satisfactorias son invisibles, el ejemplo de esto generalmente nos lo dan las instituciones u organizaciones bien establecidas que cumplen con todos lo requisitos desde su creación o constitución, contratos laborales, contratos y pago a proveedores, que generalmente cuentan o por lo menos se cuestionan como regular sus relaciones con los artistas y gestores con quienes participan, contratos de prestación de servicios, exigir los registros de derechos de autor para poder exponerles, o patrocinar sus obras de alguna forma.

Por otro lado, tenemos las consecuencias cuando no se cumplen los requisitos de legalidad como los que comento en el párrafo anterior, desde faltas administrativas que se pueden resolver ante las mismas instituciones o árbitros certificados, hasta delitos tipificados en el código penal como lo es el plagio, que lleva consigo una sanción como la prisión.
Sin embargo, el interés de las instituciones y organizaciones que regulan la propiedad intelectual ofrecen diferentes medios de resolución menos complicados, para facilitar el acceso a la justicia en este ámbito. Siendo la prevención la más importante herramienta para alcanzarla, y es aquí donde mi trabajo como abogada especialista en propiedad intelectual toma la importancia en esta relación con la cultura y la gestión.
Artistas, instituciones públicas y privadas, gestoras culturales, se han acercado por una asesoría o representación, para la revisión de sus obras, colaboraciones, exposiciones a través de registros de derechos de autor, marcas, contratos, que si bien, no todos los asuntos concluyen en algún documento jurídico, me complace saber que cada vez existen más personas conscientes de los beneficios de contar con un respaldo legal y que eventualmente son quienes van a mostrar la seriedad en el tema.
En conclusión, el reto de mi profesión en relación con la cultura y la gestión cultural es no dejar de insistir en que los diferentes agentes de la cultura se interesante en dar certeza jurídica a sus mecenas, organizaciones que representen y demás clientes para evitar conflictos que pudieran presentarse.
Saltillo, Coahuila a 07 de noviembre de 2023

Martha Mayela Sierra Cerda
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